REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
Este Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 256 numeral 3º y 372 del Código Orgánico Procesal Penal, se DECRETO LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de presentación cada quince 15 días, en contra del imputado HERIBERTO JOSE VILLAVICENCIO, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.370.051, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto en el artículo 452 ordinal 8 del Código Penal. Se acordó la continuación por el Procedimiento Abreviado. Se ordena la remisión al tribunal de juicio correspondiente. Las partes quedaron notificadas en audiencia. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.