ASUNTO: FP02-V-2010-000572
RESOLUCION: PJ0822010000167
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR DE MEDIACION
SIN PRESENCIA DEL DEMANDANTE
En horas hábiles del día de hoy 09/08/10, siendo las Dos y Treinta (02:30 pm) de la tarde, día y hora acordada para que comparezcan los ciudadanos: SARITZA LUMIDIA LIZARDI PRIETO, DEIRE ARNOLDO LIZARDI PRIETO Y DEIRE DEL ROSARIO LIZARDI, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V 18.948.590, 18.948.589 Y 12.892.615, respectivamente, en la causa de OBLIGACION DE MANUTENCION, el Tribunal deja constancia que no compareció la parte demandante, ni compareció la demandada, y visto que no compareció la parte demandante ciudadanos: SARITZA LUMIDIA LIZARDI PRIETO Y DEIRE ARNOLDO LIZARDI PRIETO, a la presente audiencia, se considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes. Dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo se EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE MEDIACION (1)
DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO
EL SECRETARIO DE SALA
ABG.
LEMR/Yumeris Aray
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