REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, cuatro de agosto de dos mil diez
200 º y 151º
ASUNTO: KH12-V-1999-000004
Solicitante: Sosa Isvelio Rafael, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.937.588
Beneficiarias: (Identidad Omitida en concordancia art. 65 L.O.P.N.N.A.), titulares de las cedulas de identidad N° 20.500.457 y 19.618.088.
Motivo: Colocación Familiar.
En fecha 23 de noviembre de 1.999, la fiscalía Octava del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Lara presento actuaciones ante el tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, siendo admitida la solicitud y se ordeno notificar a la trabajadora social adscrita a dicho juzgado y notificar al Fiscal del Ministerio Público. En fecha 30 de junio de 2.000, el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de juicio Nº 2, recibió el presente asunto. En fecha 25 de septiembre de 2000, se dicto medida de colocación familiar a la niña y a la adolescente (Identidad Omitida en concordancia art. 65 L.O.P.N.N.A.), en la persona de su padre el ciudadano Isvelio Rafael Sosa. En fecha 08 de octubre del 2002, la ciudadana Yolanda Josefina Meléndez de Riera, titular de la cedula de identidad N° 3.948.945, donde solicito se le otorgue colocación familiar de la niña (Identidad Omitida en concordancia art. 65 L.O.P.N.N.A.), donde manifestó que el padre de la niña ya mencionada y de la adolescente (Identidad Omitida en concordancia art. 65 L.O.P.N.N.A.) falleció en fecha 15 de enero de 2002. En fecha 07 de noviembre de 2002 se dicto Colocación Familiar a favor de la niña (Identidad Omitida en concordancia art. 65 L.O.P.N.N.A.) a la ciudadana Yolanda Josefina Meléndez de Riera (prima segunda paterna) y de la adolescente (Identidad Omitida en concordancia art. 65 L.O.P.N.N.A.) a la ciudadana Isabel Cenovia Sisiruca (tía materna). En fecha 08 de octubre de 2.009 conforme a la Resolución N° 2008-0032 se recibió el asunto por el Juzgado Segundo de Primera instancia de Mediación y Sustanciación, ordenándose los seguimientos de informes sociales por parte de la trabajadora social adscrita a este organismo. En fecha 21 de julio de 2010, esta juzgadora se avocó al conocimiento de la presenta causa.
Este Juzgado observa:
Visto que la presente causa ha finalizado por cuanto las beneficiarias han adquirido su mayoridad, no correspondiéndole a este Juzgado continuar conociendo del presente asunto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Terminada la presenta causa y se ordena su remisión al archivo judicial. Carora, 4 de agosto de 2010. Año 200º y 151º. Regístrese y Publíquese.
LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACIÒN Y SUSTANCIACION
Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS
LA SECRETARIA
Abg. SAILIN RODRIGUEZ
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 243 – 2.010 y se publicó siendo las 01:25 p.m.
LA SECRETARIA
Abg. SAILIN RODRIGUEZ
KH12-V-1999-000004
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