REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco
De la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Sanare, 29 de Abril del 2.010
Años: 200° y 151°
PARTES: ROSA GERALDINE SILVA contra CARLOS BETANCOURT

BENEFICIARIO: ENYELS ESTEFFI BETANCOURT.

MOTIVO: EXTINCION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

Previa revisión exhaustiva del presente expediente y por cuanto se evidencia de la partida de nacimiento N° 1738, del año 1989, de los libros de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía Municipio Vargas del Distrito Federal, del beneficiario en la presente causa, ciudadano ENYELS ESTEFFI BETANCOURT SILVA; que el mismo ya alcanzo la mayoría de edad, por cuanto nació en fecha: 28 de Septiembre de 1989; y no constando en autos la interposición de alguna de las excepciones establecidas en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; este Juzgado del Municipio Andrés Eloy de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con el articulo 383, ordinal b. de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA EXTINGUIDA, la obligación de manutención por parte del ciudadano: CARLOS BETANCOURT, en beneficio de su hijo: ENYELS ESTEFFI BETANCOURT. El Tribunal ordena la remisión del presente expediente al archivo Judicial. Cúmplase.-

El Juez Provisorio

Abog. Ender Rojas
La Secretaria del Juzgado

Abog. Caribay Goyo Lucena
Seguidamente se cumplió lo ordenado. Conste.-
La Secretaria

Abog. Caribay Goyo L.
Exp. N° 604/00