REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL OCTAVO DE CONTROL

Barquisimeto, 20 de octubre de 2009
Años: 200° y 151º
ASUNTO: KP01-P-2008-008020
Visto el escrito presentado por la Abogada Yglenes Sánchez, en su condición de defensora pública del imputado ISMAEL JOSE GONZALEZ, quien fue imputado por la presunta comisión del delito de ROBO GENERICO, previstos en el artículo 455 del Código Penal; mediante el cual solicita le sea extendida la medida de presentación que tiene de cada ocho días a cada sesenta días, en virtud que se someterá a tratamiento de desintoxicación.
Este tribunal a los fines de determinar la procedencia de lo solicitado, verifica que el imputado ha dado cumplimiento a la medida de presentación, manteniéndose sujeto al proceso hasta la presente fecha; por otra parte, se evidencia que la representación fiscal, no ha presentado el acto conclusivo correspondiente, es por lo que se considera procedente la revisión y extensión de la medida de presentación a cada sesenta días, y se ordena notificar a la fiscalía de lo acordado e informarle que no ha presentado el acto concluido en la presente causa. ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA
Este Juzgado Octavo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Revisión y extensión de la Medida de Coerción Personal a favor del imputado ISMAEL JOSE GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.782.592, y se le EXTIENDEN las presentaciones a cada sesenta (60) días a partir de la presente fecha, quien es investigado por la presunta comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto en el artículo 455 del Código Penal. Notifíquese a las partes. Líbrese las Boletas. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.
LA JUEZA OCTAVA DE CONTROL

Abg. RUBIA CASTILLO DE VASQUEZ.

LA SECRETARIA
RCV.-