ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-006536
PARTE ACTORA: FRANKLIN HERNAN PEREZ CISNEROS y IRENE IGNACIO PEREZ PEREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ENRIQUE LUGO
PARTE DEMANDADA: TELECOMUNICACIONES RADIOLINK, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MANUEL MARQUEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 13 de abril de 2010, a las 11:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos FRANKLIN HERNAN PEREZ CISNEROS y IRENE IGNACIO PEREZ PEREZ, titulares de las cédulas de identidad Nº 6.313.908 y 3.113.067, en su carácter de parte actora, representados por el abogado ENRIQUE LUGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.510 y MANUEL MÁRQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.195, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, quienes han llegado al siguiente acuerdo: La parte demandada ofrece pagar a la parte actora por todos y cada uno de los conceptos demandados la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 10.000,00), en fecha jueves 20 de mayo de 2010, ante la Unidad de recepción y Distribución de Documentos, a través de cheque a nombre de la referida parte actora; la parte actora visto el ofrecimiento realizada por la demandada, lo acepta en los términos expuesto y señala que nada tienen que reclamar ni por los conceptos aquí demandados ni por ningún otro concepto que se derive o pueda derivarse de la relación de trabajo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo, se deja constancia que se devolvieron las pruebas promovidas por las partes. Finalmente, de establece que una vez conste en autos el cumplimiento del presente acuerdo se ordenará el cierre y archivo del expediente.

La Jueza,

Abg. Karla González Mundaraín


Parte actora y su apoderado judicial


Apoderado judicial de la parte demandada



El Secretario,

Abg. Henry Castro