REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 12
Caracas, nueve (09) de Abril de dos mil diez (2010)
199º y 151º

ASUNTO: AP51-S-2010-005188.

Parte solicitante: DENIS IRAIDA TOVAR MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V.-12.962.775.
Niña y Adolescente:
Motivo: AUTORIZACION JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE.


Vista las actas procesales que conforman el presente expediente, y en especial a la solicitud presentada por la ciudadana DENIS IRAIDA TOVAR MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V.-12.962.775, en fecha 26 de Marzo de 2010, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos de nueve (9) años de edad y de trece (13) años de edad, quien solicitó AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE POR ANTE EL SERVICIO ADMINISTRATIVO DE IDENTIFICACIÓN, MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA (SAIME), de sus hijos KIMBERLY KATHERINE MORALES TOVAR de nueve (9) años de edad y EDUARD ESTIVEN MORALES TOVAR de trece (13) años de edad, este Tribunal lo ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contrario al orden público y a las buenas costumbres. Asimismo, esta Juez Unipersonal No. XII de Protección del Niño y del Adolescente, acuerda de conformidad a lo solicitado, en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 22 ejusdem, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana DENIS IRAIDA TOVAR MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V.-12.962.775, para que realice todas las diligencias necesaria por ante el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a los fines de obtener el pasaporte de de sus hijos. Expídase por secretaría copia certificada del presente sentencia y entréguese a la parte interesada., a los fines legales correspondientes. Cúmplase.
La Juez
La Secretaria
Abg. Sara Guardia Soto

Abg. Adriana Mireles