Por cuanto de la revisión de las actas que componen el presente expediente, este Tribunal observa; que los beneficiarios de la misma, antes identificados en autos, han alcanzado la mayoridad, no evidenciándose en autos, que padezcan alguna deficiencia física o mental, ni cursando estudios; este Juzgado del Municipio Moran de la circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: EXTINGUIDA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, para JHONNATHAN JOSUE Y NEPTALI DANIEL GIL PEREZ, de conformidad con la norma contenida en el artículo 383, Literal b) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del
Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En El Tocuyo, a los Veintiuno (21) días del mes de Septiembre del año 2.009. Año 199° Independencia y 150° Federación.
El Juez Temporal,

Dr. Ramón Alvarez Suárez. La Secretaria,

Abg. Yosglide Duin León.
En la misma fecha se registró y se publicó la presente sentencia.
La Sec.

Expediente de Manutención N° 258-04