REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Los Rastrojos, 29 de Septiembre de 2.008.
Años: 199º y 150º

Vista la Contestación de la demanda y la Reconvención, interpuesta por el Abogado JOEL ROMERO RIVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 2.541, actuando con el carácter acreditados en autos, este Tribunal se declara INCOMPETENTE, para conocer de la presente causa, en razón del valor en que se estima la Reconvención interpuesta, por lo que se ordena la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, ubicado en Barquisimeto a los fines de su distribución a un Juzgado de Primera Instancia; Tribunal este competente por el valor, a fin de que se continúe con el conocimiento de esta causa. Asimismo, en virtud que por error involuntario se dicto auto acordando la fijación de carteles este tribunal revoca por contrario imperio auto de fecha 29/09/2009 cursante al folio 49 de la presente causa Líbrese oficio. Cúmplase.

El Juez.,


Abg. Antonio José Illarramendi

La Secretaria Temporal.,


Abg. Josmery Parra Perozo


Seguidamente se cumplió con lo ordenado. Se libró oficio Nº 296-_______
La Secretaria Temporal.,


Abg. Josmery Parra Perozo