REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
EN SU NOMBRE

Barquisimeto, 21 de Septiembre de 2009
Años 199° y 149°

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2006-006491
Visa acta levantada en audiencia en fecha 17-09-09, (f.9) de cuyo contenido se observa que el acusado JONATHAN JESUS CAMACHO SANCHEZ, renuncia a ser juzgado por un Tribunal Mixto y solicita ser juzgado por el tribunal Unipersonal, por lo que a los fines de fundamentar la solicitud del enjuiciable se hace en los siguientes términos:

Ingresa la presente causa a este tribunal de Juicio en fecha 7 de Octubre de 2008, procedente de la Corte de Apelaciones, con decisión que anula Sentencia condenatoria dictada en ocasión de Juicio anterior, a los fines de realizar nuevo acto de enjuiciamiento en contra del ciudadano JONATHAN JESUS CAMACHO SANCHEZ, por la presunta comisión del delito de homicidio intencional calificado ilícito previsto y sancionado en el artículo 405 del Còdigo Penal vigente para el momento en que se realizaron los hechos. Convocados los Sorteos de Ley y constituido el Tribunal Mixto con Escabinos, no ha sido posible proceder al juzgamiento del acusado de autos. En fecha 17 de Septiembre de 2009, el acusado solicito la constitución del Tribunal Unipersonal.
Ahora bien el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, antes de la reforma establecìa:
“…Realizadas efectivamente cinco convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los Escabinos, el acusado podrá ser juzgado, según su elección, por el Juez profesional que hubiere presidido el tribunal mixto…”

Infiere esta juzgadora que la citada norma privilegio el derecho del enjuiciable una vez agotados los extremos de ley, a expresar su voluntad de renunciar al tribunal Mixto y en su lugar ser juzgado por un tribunal unipersonal, que por mandato legal, le corresponde al Juez profesional que hubiese presidido el Tribunal Mixto, con ello se garantiza la celeridad procesal en aquellos casos en que se dificulte en sobremanera la constitución de Tribunal Mixto con Escabinos, garantizando así el derecho constitucional a ser juzgado dentro de plazos razonables y con pleno apego al debido proceso. Al respecto la Sala Constitucional se pronuncio en forma inequívoca en Sentencia de fecha 23 de diciembre de 2.003, instando a los jueces a evitar dilaciones indebidas en razón de las dificultades para constituir el Tribunal Mixto, una vez agotados los extremos previstos en la Ley Procesal.

En razón de lo expuesto y vista la manifestación de voluntad expresa presentada por el imputado y su defensa SE ORDENA previa constatación del cumplimiento de los extremos de ley establecidos en la decisión de sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de lo pautado en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, prescindir de los escabinos a los efectos de celebrar el debate oral y público, que se encuentra fijaado para el día 19/11/09 a las 10:00 a.m. oportunidad que se mantiene a los fines de realizar el debate oral y público con Juez Unipersonal, y así se decide.-

DISPOSITIVA

Por todas las razones de hecho y de derecho ya expuestas, este Juzgado Segundo de Juicio Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 49 ordinal 3° y 26 todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD del ACUSADO JONATHAN JESUS CAMACHO SANCHEZ en ejercicio del derecho que le consagra el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de lo cual SE ORDENA prescindir de los Jueces Escabinos a los efectos del presente proceso de enjuiciamiento, y se mantiene la audiencia oral de juicio para el día 19/11/09 a las 10:00 a.m. Regístrese, publíquese y notifíquese a todas las partes. Ofíciese a la Oficina de Participación Ciudadana. Regístrese, publíquese y Cúmplase.

La Jueza Segunda de Juicio

Abog. Pilar Fernández de Gutiérrez
El Secretario
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos
El Secretario