REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
Ciudad Bolívar, 28 de Septiembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO: FP02-V-2009-0001115
NUMERO DE RESOLUCION:PJ0242009000124

Vista la Transacción efectuada en fecha 22-09-09, en el presente Juicio por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, suscrita por la parte actora Dra. JULIERTA LONDOÑO, venezolana, mayor de edad, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 99.093, en su carácter de Apoderada Judicial del FONDO PARA EL DESARROLLO ECONOMICO DEL ESTADO BOLIOVAR (FONDO BOLIVAR), Parte Actora, y por la parte demandada el ciudadano OSMAR JOSE RAUSEO BOLIVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.224.964 y de este domicilio; debidamente asistido por la Dra, INES CARVAJAL, abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nª 102.384, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, se le imparte su HOMOLOGACIÓN, teniéndose como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.- Se ordena expedir por secretaria dos(02) juegos de Copias Certificada de la Transacción y del auto de Homologación. Se ordena dar por terminada la causa y el archivo del expediente.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abg.-MERLID ELIZABETH FIGUEREDO.-

LA SECRETARIA

Abg.- LOYSI MERIDA AMATO

MEF/Lma
FP02-V-2009-0001115