REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
199º y 150º
Puerto Ordaz, 28 de septiembre de 2009
EXPEDIENTE: FP11-L-2009-000031
Vista la diligencia presentada y suscrita por el ciudadano ANGEL DAVID ZAMBRANO, titular de la cédula n° 11.515.492, parte demandante en el presente juicio, debidamente asistido por el abogado ASCANIO ORTEGA JOSE GREGORIO, inscrito en el IPSA bajo el nº 132.382, mediante la cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO en virtud de que, arguye, instauró en el Estado Carabobo otra demanda de iguales características a la del presente asunto, la cual, aduce igualmente, está en vías de arreglo. Este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en consideración a lo anterior, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación permisiva del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la Homologación correspondiente, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se ordena el archivo del expediente a los fines de su seguridad y resguardo.
El Juez Sexto,
ABG. CIPRIANO RODRIGUEZ
La Secretaria de Sala,
ABG. CARMEN GARCIA
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