REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Años 199º y 150º

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2009-000473

PARTE ACTORA: CARLOS JOSÉ AGUERO, titular de la Cédula de Identidad Nro V- 5.245.721.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE:
PARTE DEMANDADA: DISMARCASERVICIOS INTEGRALES DEL CENTRO.
APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, veintidós (22) de Octubre de dos mil nueve (2009) siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 am) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, no comparecieron ninguna de las partes ni por sí, ni por medio de apoderado judicial por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.



La Jueza

Abg. Marbi Sulay Castro Cuello
La Secretaria