REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Cabudare, 08 de Octubre de 2009.
Años: 199º y 150º.
Causa Civil No. 3.280-09
Resolución de Contrato de Arrendamiento.-
Visto el DESISTIMIENTO, formulado en el escrito que antecede, suscrito por el Abogado en ejercicio JULIO JASPE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.647, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACION a la misma, de conformidad con lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Así mismo, se acuerda devolver a la parte demandante, los originales de los documentos cursantes a los folios 5 y 6 del presente expediente, dejando en su lugar copias certificadas por Secretaría, todo esto de conformidad con lo establecido en los artículos 111 del Código de Procedimiento Civil.- Expídase por secretaria, copia certificada de este auto para el archivo de este Juzgado. Archívese el presente expediente y remítase en su oportunidad al archivo Judicial Regional. Cúmplase -
La Juez.
Abg. Coromoto de Del Nogal.
El Secretario.
Abg. Lucio Torres Armeya.
Seguidamente se dió cumplimiento a lo ordenado.-
El Secretario.
Abg. Lucio Torres Armeya.