REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz

199º y 150º

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2008-000183
PARTE ACTORA: LESMAN MOLINA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANAKARINA HERNANDEZ, CLAUDIA ALARCON, ANAELIT NAVARRO
PARTE DEMANDADA: CVG. VENEZOLANA DEL ALUMINIO COMPAÑÍA ANONIMA, C.A. (CVG VENALUM)
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: YELITZA PEÑA RIVAS
MOTIVO: INCORPORACION A LA NOMINA DE JUBILADOS Y COBRO DE PENSIONES ADEUDADAS

Hoy, 15 de octubre de 2009, siendo las 9:30 A.M. día y hora fijado para que tenga lugar la audiencia preliminar, previo su anuncio a las puertas de este despacho, comparece la abogada YELITZA PEÑA RIVAS, inscrita en el IPSA bajo el n° 75.310, en su condición de co-apoderada judicial de la demandada de autos: CVG VENALUM, quien consigna al efecto fotocopia de instrumento poder; en ese estado se deja constancia de la NO comparecencia del ciudadano LESMAN MOLINA, titular de la cédula de identidad n° 8.587.055, demandante en el presente juicio, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, en consecuencia, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 263 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el DESISTIMIENTO del procedimiento y terminado el proceso.

El Juez Sexto,
ABG. CIPRIANO RODRIGUEZ
La Secretaria de Sala,
ABG. RAQUEL GOITIA
El compareciente