REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, Cinco (05) de Octubre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-R-2009-000108
ASUNTO : FP11-R-2009-000108
ACTA DE AUDIENCIA ORAL Y PÚBLICA DE APELACIÓN
En el día de hoy, Jueves Cinco (05) de Octubre del año Dos Mil Nueve (2009), siendo las Diez y Treinta de la mañana (10:30 AM), día y hora fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Oral y Pública de Apelación, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, relacionada con el recurso de apelación en ambos efectos interpuesto por la representación judicial de la parte actora recurrente, en la persona del ciudadano GUSTAVO CARO PORRAS abogado en ejercicio inscrito en I.P.S.A. bajo el Nº 50.862, en contra de la decisión dictada en fecha 31 de Marzo de 2009 por el Juzgado Tercero de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en el juicio que incoará el ciudadano RANGEL DE JESUS LEAL GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.069.886, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES en contra de la empresa SERVICIOS DE INGENERIA Y MANTENIMIENTO COMPAÑÍA ANONIMA (SIMACA), suficientemente identificada en autos. Debidamente constituido el Tribunal, se anunció el acto a las Puertas de la Sala de Audiencia de este Circuito Laboral en la forma de Ley, dejándose expresa constancia que el Tribunal cumple con el mandato legal previsto en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, referido a la reproducción audiovisual del presente acto. Seguidamente, la Secretaria de Sala procede a verificar la identificación de las partes, constatándose que la parte demandante teniendo en este caso el carácter de recurrente, no compareció ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, asimismo se deja constancia de la comparecencia de demandada de autos en la persona de su apoderada judicial, KARINA SCANNAPIECO, abogada en ejercicio, venezolana, mayor de edad, de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 94.329. De seguidas se da inicio al acto a través de la intervención de la ciudadana Juez, quien tomo la palabra y procedió a exponer: “En virtud de la incomparecencia de la parte recurrente, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de Apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, RANGEL DE JESUS LEAL GONZALEZ, en contra de la Sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en fecha 31 De Marzo de 2009. SEGUNDO: SE RATIFICA el contenido de la Sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en fecha 31 De Marzo de 2009. TERCERO: No se condena en costas a la parte recurrente. CUARTO: Se ordena la remisión de la presente causa al Tribunal de origen a los fines legales consiguientes. Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto. Acto seguido, siendo las once horas de la mañana (11:00 A.M), se levantó la presente acta. Es todo, término, se leyó y conformes firman.
Seguidamente, siendo las once (11:00 a.m.) horas de la mañana, se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia. Es todo, Término, Se Leyó y conformes
La Juez Primero Superior del Trabajo
Dr. Yndira Narváez López
La Parte Actora Recurrente
La Parte Demandada
La Secretaria de Sala
Abog. Marianny c. Gonzalez
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