REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: KP02-V-2009-002433

Revisadas como han sido las actas procesales que componen la presente causa, este Juzgador observa que el lapso estipulado para la consignación la Certificación del Registrador se encuentra vencido, este Tribunal declara INADMISIBLE la presente demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA. Así se decide.-

El Juez.,


Abg. Harold R. Paredes Bracamonte
La Secretaria.,


Abg. Bianca Escalona.


HRPB/BE/jysp.-