REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : KP02-M-2008-000613

Visto el DESISTIMIENTO del procedimiento, presentada por el abogado LENIN COLMENAREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 90.464, en su carácter de Apoderado de Judicial de SALVATORE GONZALO GALLO PULIDO, en el juicio por COBRO DE BOLIVARES (INTIMATORIO), intentado por el ciudadano SALVATORE GONZALO GALLO PULIDO en contra del ciudadano PEDRO S. GRATEROL; el Tribunal le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Devuélvanse los originales solicitados y déjense copias certificadas en su lugar, una vez sean consignados los fotostatos. Se declara terminado el presente juicio. Archívese el expediente en su oportunidad.
El Juez


Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte
La Secretaria


Abg. Bianca Escalona


HRPB/BE/ij.

La suscrita Secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito del Estado Lara CERTIFICA la exactitud de la anterior copia a la fecha Ut-supra.-