REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
Ciudad Bolívar, cinco de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: FP02-S-2009-004899
Nº de Resolución: PJ02420090000181
Revisado como ha sido la presente solicitud por TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano CARLOS ALFREDO OLIVARES MARTINEZ , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.872.368, el Tribunal observa: Que por cuanto la presente solicitud se desprende que el inmueble objeto de la solicitud esta ubicado en la Calle San Martín, Casa s/n, en la Población de Maripa, Municipio Autónomo Sucre del Estado Bolivar; este Tribunal DECLINA LA COMPETENCIA por el Territorio, conforme a lo establecido en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil.-
De conformidad con lo estipulado en el articulo 69 ejusdem, este tribunal dejará transcurrir cinco (5) días a los fines de que las partes ejerzan su derecho de regulación de competencia. Vencido como sea el lapso antes mencionado, y definitiva como quede la presente decisión, se remitirá la presente solicitud en su forma original por medio de oficio, al Juzgado competente.- Así se decide.
LA JUEZA TEMPORAL
Dra. MERLID ELIZABETH FIGUEREDO
LA SECRETARIA
Abg. LOYSI MERIDA AMATO.-
MEF/ LMA/Nieves.-
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