REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro.

Ciudad Bolívar, 17 de noviembre de 2.009.
199° y 150°

ASUNTO: FP02-U-2008-000085 SENTENCIA Nº PJ0662009000139


Vistos los escritos de Promoción de Pruebas presentados el primero de ellos, en fecha 05 de noviembre de 2.009, por la Abogada Susana Caraballo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 120.145, en representación judicial de la sociedad mercantil EVENPLUS, C.A., este Tribunal a los fines de su pronunciamiento lo hace en los términos siguientes: En relación a su Capitulo I: promueve el merito favorable de los autos, reproduce el merito favorable de autos, y en especial los siguientes: 1.- Acta de Requerimiento identificada DHAF-49-2008, que corre inserta en autos. 2.- Resolución 008-2008 notificada en fecha 18 de junio de 2008. Este Tribunal admite las pruebas promovidas en cuanto ha lugar a derecho, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, reservándose su apreciación en la sentencia definitiva. El segundo de ellos, presentado en fecha 09 de noviembre de 2009, por la Abogada Elenitza Flores, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 107.656, en representación judicial de la Alcaldía del Municipio Heres del Estado Bolívar, en relación a su Capitulo I: promueve el mérito favorable de los autos, y en especial de los siguientes documentos: 1.- Acta Fiscal Nº DH/AF/49/2008 de fecha 29 de febrero de 2008, notificada en fecha 06 de marzo de 2009. 2.- Resolución Nº DH/AF/49/2008 de fecha 25 de marzo de 2008 y notificada en fecha 31 de marzo de 2008. 3.- Resolución Nº DH/008/2008 de fecha 20 de junio de 2008., y 4.- Resolución Nº 081-2008 de fecha 27 de agosto de 2008 notificada en fecha 16 de septiembre de 2008. En lo que atañe al Capitulo II: referido a la prueba de informes, para requerir del Concejo Municipal del Municipio Heres del Estado Bolívar como órgano independiente y autónomo de la Alcaldía del Municipio Heres, copia certificada de la Ordenanza de Impuesto Sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar, publicada en Gaceta Oficial Nº 0154 de fecha 06 de marzo de 2003. Este Tribunal admite las pruebas promovidas, en cuanto ha lugar a derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, reservándose su apreciación en la sentencia definitiva, en lo que respecta a la prueba de informes acordada, se ordena oficiar al Concejo Municipal del Municipio Heres, a los fines de que remita a este Juzgado copia certificada de la Ordenanza Municipal sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de índole similar publicada en Gaceta Oficial Nº 0154 de fecha 06 de marzo de 2003. Líbrese oficio.

Se ordena la notificación de los ciudadanos Síndico Procurador y Alcalde del Municipio Heres del Estado Bolívar.-


LA JUEZA SUPERIOR PROVISORIA



ABG. YELITZA C. VALERO R. EL SECRETARIO



ABG. HECTÓR D. ANDARCIA R.











YCVR/Hdar/kagv.-