En fecha 27 de Enero de 2009 se recibió por ante este Juzgado, demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, interpuesta por el ciudadano YOSBER DE JESUS BRACO G, contra INVERSIONES MILAZZO C.A. ordenando a su revisión este Tribunal de conformidad con lo previsto en el Artículo 123 y 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Tribunal ordena corregir el libelo dentro de los 2 días hábiles siguientes a su notificación en fecha 27-01-2009

Es el caso que en fecha 03-02-2009, el ciudadano YOSBER DE JESUS BRACO G asistido de abogado, consigna por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) diligencia constante de dos folio útil en el que expone: "… desisto del presente procedimiento por cuanto ha llegado a un acuerdo con la empresa.. razón del mencionado desistimiento y luego de revisadas las actas que con..forman el presente asunto este Tribunal una vez verificada como ha sido la voluntariedad de la parte actora de culminar la presente causa por la vía del desistimiento, así lo declara.

DECISION

Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
UNICO: Desistida la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, interpuesta por el ciudadano YOSBER DE JESUS BRACHO GARRILLO contra de la empresa INVERSIONES MILAZZO C.A. como consecuencia de ello la extinción del proceso ordenándose así el archivo oportuno del expediente y la remisión del mismo al Depósito de Expedientes del Archivo Judicial Regional.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, en Barquisimeto, veintisiete de mayo de 2009 Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.



Abg. Yraima Betancourt
Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación
y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.


La Secretaria
Hilda de Quiñónez


Nota: En esta misma fecha se cumplió lo ordenado.

La Secretaria Accidental,