Quibor: 22 de Mayo de 2009.
199° y 150°
EXP. N° 2723
PARTES: GARRIDO LINARES YESENIA JOSEFINA C.I. N° 15.816.983.
GIMENEZ ACOSTA CHARLY RAFAEL C.I. N° 17.873.218.
BENEFICIARIO: XXXXXXXXXXXX Y XXXXXXXXXXXX
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION
Vista el Acta de Conciliación N° 0318-08, inserto al presente expediente emanado de la Defensoria Comunitaria del Niño y del Adolescente Parroquia, Coronel Mariano Peraza Municipio Jiménez del Estado Lara, con los recaudos presentados, suscrito por los Ciudadanos GARRIDO LINARES YESENIA Y GIMENEZ ACOSTA CHARLY RAFAEL, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-15.816.983, Y V-17.873.218, respectivamente en beneficio de: XXXXXXXXXX Y XXXXXXXXXX, por cuanto la misma no es contraria a derecho, en consecuencia, este Juzgado del Municipio Jiménez de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, así mismo ordena la apertura de cuaderno de cumplimiento a fin de llevar el control del presente acuerdo.
LA JUEZA
DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE.
LA SECRETARIA
ABOG. ANA MARIA AGUILERA
Seguidamente se cumplió lo ordenado (Conste)
LA SECRETARIA
ABOG. ANA MARIA AGUILERA
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