QUÍBOR, 22 DE MAYO DEL 2009
199° Y 1 50°
EXP. 2713
PARTES: SOLICITANTE. VALENTINA URDANETA ESCALONA, Venezolana, mayor de edad, de oficios del hogar, domiciliada en la calle Urdaneta, en la entrada principal del pueblo San Miguel Parroquia San Miguel, Municipio Jiménez Estado Lara, y titular de la Cédula de Identidad N° 18.137.455.
OBLIGADO: JOHAN JOSE MORENO ESCALONA, Venezolano, mayor de edad, casado, domiciliado en el Barrio El Peñón, San Miguel Parroquia San Miguel, Municipio Jiménez Estado Lara, y titular de la Cédula de Identidad 13.881.237
BENEFICIARIO: XXXXXXXXXX Y XXXXXXXXXXX
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION
Vista el acto conciliatorio, que cursa al folio 14, suscrito entre las partes en juicio, ciudadanos: VALENTINA URDANETA ESCALONA Y JOHAN JOSE MORENO ESCALONA en beneficio de los niños : XXXXXXXXXX Y XXXXXXXXXX, plenamente identificados en autos, mediante el cual convinieron en la misma, en beneficios de sus hijos . Por cuanto tal actuación no es contraria a Derecho, y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño y del Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en los artículos 375 y 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena la Apertura del Cuaderno de Cumplimiento Alimentario, anexándole copia certificada de la Conciliación y de la presente Homologación. Cúmplase.
LA JUEZ
DRA. YUNIA ROSA GÓMEZ DUARTE
LA SECRETARIA
DRA. ANA MARIA AGUILERA
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto. (Conste) LA SECRETARIA
DRA. ANA MARIA AGUILERA
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