REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMÓN PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.

Los Rastrojos, 25 de Mayo del 2009
Años: 199° y 150°.-
Exp. N° : 1298-07
Motivo : SOLICITUD DE OBLIGACION DE MANUTENCION
Solicitante : MARIA EUFEMIA QUERALES DE PERAZA
Obligado : JOAQUIN DE JESUS PERAZA COLMENAREZ

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, y por cuanto se observa que no constan en autos constancias de estudios de la beneficiaria DIOCELMAR DARBELYS PERAZA QUERALES; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DEL PROCESO, conforme al Artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por cuanto dicha beneficiaria, ostenta 19 años de edad, y no se encuentra cursando estudios que le impida sustentarse por si sola, siendo esta una causal establecida en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a los fines de extinción de la Obligación de Manutención. ASI SE DECLARA. En consecuencia, se ordena cancelar la cuenta de ahorros N° 0007-0166-17-0010001484, del Banco Banfoandes, abierta a nombre de este Tribunal y de la ciudadana MARIA EUFEMIA QUERALES DE PERAZA. Ofíciese lo conducente al Gerente de la referida entidad bancaria. Archívese el presente expediente y remítase en su oportunidad al archivo judicial. Líbrese oficio. Cúmplase.
El Juez


Abog. Antonio José Illarramendi La Secretaria Temporal.,


Abog. Daliana Silva de Mojica.

Seguidamente se cumplió lo ordenado, se libró oficio N° 296-______.-

La Secretaria Temporal.,


Abog. Daliana Silva de Mojica.