Vista la solicitud presentada por el ciudadano: YONEL ALEXIS CARRASCO CARRASCO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No.16.139.868 y de este domicilio, asistido por la abogada en ejercicio, YOHANNA SUAREZ MUJICA, inscrita en el I.P.S.A. Nº 119.379, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO, sobre unas bienhechurías sobre un Lote de Terreno Ejido, el cual tiene una superficie de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200,00 Mts2), según consta en mensura particular que se acompañó marcado con la letra “A”, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: En línea de Diez Metros Cuadrados (10,00 Mts), con casa propiedad de Belkis Bastidas; SUR: En línea de Diez Metros Cuadrados (10,00 Mts.), con la Carrera 6, que es su frente; ESTE: En línea de Veinte Metros (20,00 Mts.), con casa que es propiedad de Leidy Torres; y OESTE: En línea de Veinte Metros (20,00 Mts.), con casa propiedad de Sonia Merlo, ubicado en la Carrera 6 con Calle 2, Casa N° 416, Sector Valle Verde, km 12, vía Quibor, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara. Las bienhechurías de las cuales trata el presente, son las siguientes: Construcción de un (1) nivel en paredes de bloques, piso de cemento rústico, techo de losa nervada, cercada totalmente en alambres de púas con estantillos de madera, distribuida de la siguiente manera: dos (2) habitaciones, un (1) baño, una sala, comedor, cocina, Porche de entrada, lavadero, un amplio garaje. Habiendo invertido en la construcción de las citadas bienhechurías la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F.80.000,00), equivalente a UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO UNIDADES TRIBUTARIAS (1.454 U. T.), sin incluir el valor de terreno.-