REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de mayo de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: KP02-T-2008-000049


Visto el Desistimiento de la Acción, de fecha 13/05/2.009, suscrito por la ciudadana MERCEDES ELENA GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.414.319, debidamente asistido por la Abogada LUISA ESCALONA, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 104.273, en el presente juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO, intentada por la ciudadana MERCEDES ELENA GIMÉNEZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 7.414.319, contra los ciudadanos CARMEN EDILIA DÁVILA y ALEXANDER GARCÍA QUINTERO, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.109.422 y 11.401.852, respectivamente, de este domicilio; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, LE IMPARTE LA CORRESPONDIENTE HOMOLOGACIÓN, y así se establece. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Se acuerda la devolución de los documentos originales solicitados.
Déjese copia de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los veintidós (22) días del mes de Mayo del año dos mil nueve (2.009). Años 199° y 150°.

La Juez

MARILUZ JOSEFINA PEREZ
El Secretario Acc.-

GUSTAVO EMILIO POSADA

MJP/Mónica