REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KP02-S-2009-004358
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana: IRMA ROSA LOPEZ DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-7.455.907, de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de OCHENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 80.000), cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana IRMA ROSA LOPEZ DE RODRIGUEZ, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: AVENIDA 16, ENTRE CALLES 8 Y 9, BARRIO LA ERMITA, JURISDICCION DE LA PARROQUIA JUAN BAUTISTA RODRIGUEZ, MUNICIPIO JIMENEZ DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: En línea de 12.76 Metros con posesión y Bienhechurías de Familia Rodríguez , SUR: Que es su frente, en línea de 12.28 Metros con posesión y bienhechuría de Nancy Tovar, avenida 16 de por medio, ESTE: En línea de 11 Metros con posesión y bienhechurías de Roció González y OESTE: En línea de 13.96 Metros con posesión y Bienhechurías de María de Vega. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
EL JUEZ LA SECRETARIA

ABG. HAROLD PAREDES BRACAMONTE ABG. LUISA AGUERO
HRPB/LA/serg.-.