REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KP02-V-2007-003075
Visto el anterior DESISTIMIENTO presentado en fecha 12-05-2009, por el Abogado JAVIER JOSÉ RODRÍGUEZ MARCHAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.444.612, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 116.324, actuando en este acto con el carácter de la parte demandada, en el presente juicio de PARTICIÓN este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Archívese el expediente.
El Juez,
Abg. HAROLD RAFAEL PAREDES B. La Secretaria Acc,
Abg. BIANCA M. ESCALONA T.
HRPB/BMET/eglismary.
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