REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de mayo de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : KP02-S-2009-004049

Vista el ESCRITO DE OPOSICION presentado en fecha 11-05-2009, por la Ciudadana ANA JOSEFA LEAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nros. V-1.390.600, en la cual se opone a la solicitud de TITULO SUPLETORIO, suscrita por los ciudadanos EDILIO ANTONIO JUAREZ y ROSA MARIA NOVOA, venezolanos, mayor de edad, y titulares de las Cedulas de Identidad Nros. 3.864.024 y 7.323.599, respectivamente, este Tribunal DECLARA TERMINADA la presente solicitud por ser la misma Improcedente, en consecuencia, Archívese el expediente en su oportunidad y remítase al Archivo Judicial para su Guarda y Custodia.-

El Juez, La Secretaria Acc.,


Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Bianca Escalona.

HRPB/BE/Loreand
La Suscrita Secretaria Accidental del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA, CERTIFICA la exactitud de la copia que antecede la cual es traslado fiel y exacto de su original. Fecha UT-Supra.