REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 20 de mayo de 2009
199º y 150º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2008-000834
PARTE ACTORA: LAURA CRISTINA GONZALEZ CANELON
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: AGRIBRANDS PURINA VENEZUELA S.R.L.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

En el día hábil de hoy 21 de Mayo de 2009, siendo las 9:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, anunciado el acto por el Alguacil del tribunal se deja constancia de la incomparecencia de las partes.
Consta en el expediente solicitud de TERMINACION del proceso realizada por Abg. JACOBO ROMAN GUEVARA CI 4.466.387 Inpre 20.742, la cual se NIEGA por carecer de poder que lo faculte para obrar en nombre de las partes, conforme al art.47 de la LOPT.
Vista la incomparecencia de ambas partes a la audiencia, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, advirtiendole a la actora que no podra volver a proponer su demanda antes de que transcurran 90 dias continuos.PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 y 199.

El Juez


Abg. Alicia Figueroa Romero
El Secretario