REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 11 de mayo del 2009
199° y 150°
AUDIENCIA PRELIMINAR
(DESISTIDO)
ASUNTO Nº KP02-S-2003-1421
PARTE ACTORA: RAÚL IGNACIO GÓMEZ ARANGUREN, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 9.118.467
APODERADAS DE LA PARTE ACTORA: KAREN CAMARGO y MAGALY MUÑOZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 86.229 y 26.443 respectivamente
PARTE DEMANDADA: PDVSA PETROLEO, S.A. filial de PETROLEOS DE VENZUELA, S.A.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
Hoy 11 de mayo del 2009, siendo las 09:00 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, es anunciada la misma por el Alguacil José Antonio Márquez; quien señala que la parte actora RAÚL IGNACIO GÓMEZ ARANGUREN, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 9.118.467, no compareció, ni por si ni por medio de representante legal alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese y Regístrese la presente Decisión. Años 199° Y 150°. Se elaboran tres (3) ejemplares de un mismo tenor y al mismo efecto.
LA JUEZ
Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO
LA SECRETARIA
ABOG. YESENIA VASQUEZ
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