REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
Ciudad Bolívar, veintiocho de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: FP02-S-2009-002543.-
NUMERO DE RESOLUCION: PJ0242009000054
Revisado como ha sido la presente solicitud por TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: LOURDES YULSANY FIGUERA MOYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.873.448, el Tribunal observa: Que por cuanto de la presente solicitud se desprende que el domicilio de la solicitante esta ubicado en la Calle El Estadium s/n, del Sector San José de Tocomita, Parroquia Santa Bárbara, Municipio Raúl Leoni del Estado Bolívar ; este Tribunal DECLINA LA COMPETENCIA por el Territorio, conforme a lo establecido en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil.
De conformidad con lo estipulado en el articulo 69 ejusdem, este tribunal dejará transcurrir cinco (5) días a los fines de que las partes ejerzan su derecho de regulación de competencia. Vencido como sea el lapso antes mencionado, y definitiva como quede la presente decisión, se remitirá la presente solicitud en su forma original por medio de oficio, al Juzgado competente.- Así se decide.
LA JUEZA TEMPORAL

Dra. MERLID FIGUEREDO
EL SECRETARIO

Abg. LOYSI MERIDA AMATO.-
MEF/ LMA/Nieves.-