Visto el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos: EVANGELISTA DEL CARMEN ORELLANA RAMOS venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: V- 13.344.577 y JOSE ARNOBIL BONILLA BUSTAMANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: V- 22.328.723 en el expediente N°: OM-25-09, que por Motivo de Obligación de Manutención fue remitido con Oficio N°: 032-09 por la Defensoría del Niño y del Adolescente de El Tocuyo, Municipio Morán del Estado Lara, en SIETE (07), folios útiles. Este Juzgado del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADO el presente Convenimiento de Conformidad con el Art. 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Ofíciese a la Defensoría del Niño y del Adolescente participándole la presente Homologación.

El Juez Temporal

Dr. Ramón Álvarez Suárez.
La Secretaria

Dra. Yosglide Duin León


En la misma fecha se libró Oficio bajo el N°: 2650 - 140.-

La Sec.