REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: KP02-V-2008-001972

Revisadas las presentes actuaciones y vista la Transacción celebrada entre los ciudadanos: CARLOS BOZZETTO SARTORI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.319.077, de este domicilio, demandante, asistida por el abogado Juan Nazario Perozo, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 67.350, por una parte y por la otra el Abogado Adolfo Cuicas; inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 108.988, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa COUNTRY HOME C.A., juicio por Resolución de Contrato, el Tribunal le imparte su correspondiente Homologación, téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez,
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario
Abg. Roger José Adán Cordero
OERL/mm