REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: KP02-F-2008-001257
VISTOS-----------------------------------------------------------------------------------------------
En fecha 06-11-2008, los ciudadanos: MARISELA DEL CARMEN MEDINA CAMPOS Y ALEXIS ALFREDO PALMA GUTIERREZ, mayores de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nos. 11.815.649 y 9.627.903, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada Silvia Elena Rivas Arteaga, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 127.489, presentaron solicitud de divorcio, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil es decir, ruptura prolongada de la vida en común por más de cinco años. Admitida la solicitud se ordenó la notificación de la Fiscal Décimo Séptima del Ministerio Público. Se notificó en fecha 20 de Enero del año 2.009. En fecha 17-02-09 La Fiscal del Ministerio Público en materia de familia presentó escrito sin objeciones a la solicitud. Para decidir, el Tribunal, observa:---------------------------
UNICO: Por cuanto los cónyuges están contestes en afirmar que han permanecidos separados de hecho por más de cinco años y habiéndose cumplido con las formalidades establecidas por Ley, la misma debe ser declarada con lugar. Así se decide. En consecuencia, éste Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia Disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos: MARISELA DEL CARMEN MEDINA CAMPOS Y ALEXIS ALFREDO PALMA GUTIERREZ, mayores de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nos. 11.815.649 y 9.627.903, respectivamente, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia José María Blanco Municipio Crespo del Estado Lara, en fecha 23 de Diciembre de 1.988, anotado bajo el N° 32, folio 45 fte. al 46 fte. del Libro de Registro Civil de Matrimonios respectivo llevados durante el año 1.988. Se declara extinguida la comunidad de gananciales existentes entre las parte, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese y archívese el Expediente. Queda firme en esta misma fecha.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en Barquisimeto, a los Diecinueve días del mes de Marzo de 2.009. Años: 197° y 150°.
El Juez,

Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario

Abg. Roger José Adán Cordero.
Publicada en su fecha, siendo las 10:00 a. m.
El Secretario

OERL/mm.

El Suscrito Secretario Accidental del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, Certifica: Que las anteriores copias son traslado fiel y exacto de su original que cursa en el Expediente Nro. KP02-F-2008-001257.Certificación que se expide en Barquisimeto, a los 19 días del mes de Marzo de 2.009. Años: 197° y 150°.
El Secretario

Abg. Roger José Adán Cordero






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

JUZGADO TERCERO DE PRIMERO INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y

TRANSITO DEL ESTADO LARA



ASUNTO N° KP02-F-2008-1257



SOLICITANTES: MARISELA DEL CARMEN MEDINA CAMPOS Y ALEXIS ALFREDO PALMA GUTIERREZ,



MOTIVO: SEPARACIÓN DE HECHO (185-A)



SENTENCIA DEFINITIVA




CON LUGAR



18/03/2009



Abg. OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ










REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: KP02-F-2008-001257

Oficio Nº: 475

Ciudadano:
Jefe Civil de la Parroquia José María Blanco
del Municipio Crespo del Estado Lara
Su Despacho.-

Adjunto al presente oficio remito a usted copia certificada de la sentencia dictada por este Tribunal en el juicio de Divorcio, intentado por el ciudadano MARISELA DEL CARMEN MEDINA CAMPOS Y ALEXIS ALFREDO PALMA GUTIERREZ, mayores de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nos. 11.815.649 y 9.627.903, respectivamente; a los fines de que se sirva estampar la nota marginal correspondiente.

DIOS Y FEDERACIÓN


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
EL JUEZ



OERL/mm




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: KP02-F-2008-001257

Oficio Nº: 476

Ciudadano:
Registrador Principal del Estado Lara
Su Despacho.-

Adjunto al presente oficio remito a usted copia certificada de la sentencia dictada por este Tribunal en el juicio de Divorcio, intentado por el ciudadano MARISELA DEL CARMEN MEDINA CAMPOS Y ALEXIS ALFREDO PALMA GUTIERREZ, mayores de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nos. 11.815.649 y 9.627.903, respectivamente; a los fines de que se sirva estampar la nota marginal correspondiente.

DIOS Y FEDERACIÓN


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
EL JUEZ



OERL/mm