REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 24 de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: KP02-F-2006-000121
PARTE ACTORA: FRANCISCO ALBERTO DUARTE VALDEBLANQUEZ, mayor de edad, Colombiano, titular de la cédula de identidad No. 22.334.213, de este domicilio
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: KATY BAON, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 46.472, de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: EVA RAMONA CHIRINOS COLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.370.814, de este domicilio
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCION DE LA INSTANCIA EN JUICIO DE DIVORCIO ORDINARIO.
LA JUEZ TEMPORAL KEYDIS PEREZ OJEDA, se avoca al conocimiento de la presente causa. Se inició el presente juicio de DIVORCIO ORDINARIO, intentado por el ciudadano FRANCISCO ALBERTO DUARTE VALDEBLANQUEZ, mayor de edad, Colombiano, titular de la cédula de identidad No. 22.334.213, de este domicilio, contra la ciudadana EVA RAMONA CHIRINOS COLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.370.814, de este domicilio el cual se admitió a sustanciación en fecha 10/05/2006, por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara y en el mismo se acordó notificar al Ministerio Público y la comparecencia del demandado. En fecha 30/05/2006 se libro compulsa. En fecha 31/05/2006, se dio por notificada la Dra. Mariela Viloria, en su carácter de Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público. En fecha 08/06/2006 diligencio la Abog. Katy Baròn, apoderada de la parte actora, diligencia consignando el poder original que le fue otorgado y solicitando se oficie al Juzgado del Municipio Urdaneta (Siquisique), a los fines de practicar la citación a la demandada. En fecha 30/06/2006 se dicto auto acordando comisionar para la para tica de la citación de la demandada. En fecha 11/08/2006 diligencio la Abg. KATTY BARON, acreditada en autos, consigna oficio No. 1019 emanado al Juzgado de Municipio Urdaneta. En fecha 13/03/2007 se le dio entrada y se agrego la comisión remitida por el Juzgado del Municipio Urdaneta del Estado Lara. En fecha 16/03/2006 diligencio la Abg. Katy Carol Barón Machs actuando con el carácter acreditado en autos, solicitando la citación por carteles. En fecha 21/03/2007 se dicto auto negando so solicitado por cuanto no se encuentra agotada la citación personal. En fecha 17/04/2007 diligencio la Katy Carol Barón Machs actuando con el carácter acreditado en autos, solicitando se comisione para el Juzgado del Municipio Siquisique del Estado Lara. En fecha 25/04/2007 se dicto auto acordando hacerle entrega de la compulsa a la parte actora.
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las
partes”.
En el presente caso, se observa que desde la última actuación de impulso procesal en fecha 25/04/2007, donde se acuerda hacerle entrega de la compulsa a la parte actora, hasta la presente fecha, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de DIVORCIO ORDINARIO, seguido por el ciudadano FRANCISCO ALBERTO DUARTE contra la ciudadana EVA RAMONA CHIRINOS COLINA, identificados en autos.
NOTIFÍQUESE A LA PARTE ACTORA.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. DÉJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los (24) días del mes de marzo de dos mil nueve. AÑOS: 198° y 150°.
La Juez Temporal,
KEYDIS PEREZ OJEDA
La Secretaria,
ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Sec.
KPO/dmg
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