REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO : KP02-S-2008-016441


Vista la solicitud presentada por el ciudadano LEEWARD ANTONIO GOYO GOYO, venezolano, mayor de edad titular de la cédula N° 11.588.856, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicada en Autopista Quibor-Tocuyo, sector dos caminos de la ciudad El Tocuyo del Municipio Morán del Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, sobre una superficie aproximadamente SEISCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS (690,00 Mts2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Colinda con terrenos ejidos; SUR: Colinda con terrenos ejidos; ESTE: Colinda con terrenos ejidos y OESTE: Colinda con Autopista Quibor-Tocuyo. Unas bienhechurias conformadas por una cerca de alambres púas y estantillos de maderas, en el mismo se encuentran mata frutales. El valor invertido es la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F 3.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos NIEVES RODRIGUEZ y JORLEYN RODRIGUEZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor del ciudadano LEEWARD ANTONIO GOYO GOYO, ya identificado en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

LA JUEZ TEMPORAL



KEYDIS YARAIMA PÉREZ OJEDA

EL SECRETARIO ACC.


GUSTAVO EMILIO POSADA

KYPO/Mildred