REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO: KP02-V-2008-000625

Visto el DESISTIMIENTO, presentado por la Abogada en ejercicio IRENY PIANEGONDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.420, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora de la ciudadana ELIZABETH COROMOTO GUTIÉRREZ PRADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.734.911, y de este domicilio, en el presente juicio por NULIDAD DE CONTRATO, llevado en contra de la ciudadana MAGDA AMARHYLIS LOZADA ARRAEZ DE SUÁREZ. El Tribunal le imparte su homologación. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio. Expídase copia certificada del presente auto. Archívese el expediente en su oportunidad.

El Juez., La Secretaria.,

Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Aguero E