REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: KP02-S-2009-001451
La ciudadana LAYDA DE LOURDES PEREIRA DE OLAIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédulas de Identidad N° V-9.642.177, y de este domicilio, presentó escrito donde solicita la RECTIFICACION DE SU ACTA DE MATRIMONIO, ya que la misma adolece de los siguientes errores:
1.) Asentaron que el nombre de la contrayente como: “LAIDA DE LOURDES PEREIRA ARRAIZ”; siendo lo correcto: “LAYDA DE LOURDES PEREIRA ARRAIZ”.
2.) Asentaron el nombre de la Madre del Contrayente como: “JULIA MARMENTI DE OLAIZ”, siendo lo correcto: “JULIA GIULIANA MARMENTI DE OLAIZ”.
3.) Asentaron el nombre de la Madre de la Contrayente como: “ZAIDA ARRAIZ DE PEREIRA”, siendo lo correcto: “LAYDA JOSEFINA ARRAIZ DE PEREIRA”.
La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó resolver sumariamente previa la notificación a la Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha Acta de Matrimonio de la ciudadana LAYDA DE LOURDES PEREIRA DE OLAIZ, anteriormente identificada, en el sentido de que se asiente correctamente el nombre de el nombre de la contrayente como: “LAYDA DE LOURDES PEREIRA ARRAIZ”; el nombre de la Madre del Contrayente como: “JULIA GIULIANA MARMENTI DE OLAIZ” y el nombre de la Madre de la Contrayente como: “LAYDA JOSEFINA ARRAIZ DE PEREIRA”. En consecuencia, se ordena al Concejo del Municipio Crespo del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal en el Acta de Matrimonio signada bajo el N° 13, folio N° 96vto al N° 98, del año 1998. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los Dieciocho (18) días del mes de Marzo de dos mil Nueve. Años. 198º y 150º.-
El Juez., La Secretaria,
Abg. Harold R. Paredes Bracamonte. Abg. Luisa A. Agüero E.
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