REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 17 de Marzo de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2009-001627
ASUNTO : KP01-P-2009-001627

Corresponde a este Tribunal Quinto de Control pronunciarse con relación a la solicitud de ORDEN DE APREHENSION presentada por los ciudadanos ALVARO HITCHER MARVALDI, YURANCY ARTEAGA, VLADIMIR GUTIERREZ Y RUBÉN PÉREZ, actuando en nuestro Carácter de FISCAL NACIONAL VIGÉSIMO SEGUNDO (22º), FISCAL SEGUNDO (E) Y FISCALES SEGUNDO (A) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, de conformidad con las atribuciones que me confieren los artículos 285 ordinal 6° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 11 numerales 6, 13 de de la Ley Orgánica del Ministerio Publico artículos 250, 251, 252 y 253 del Código Orgánico Procesal Penal, contra los ciudadanos DURAN TORREALBA MIGUELANGEL DEL VALLE, TORREALBA HERNANDEZ ANTONY GERSON, MUJICA SANCHEZ FRANKLIN JOSE, venezolano, titular de la cedula de identidad N°: V-17.814.091. A quienes se le sigue la investigación en el Caso 13-F2-2545-09, de la cual conocen estas representaciones fiscales, por haber sido aperturada investigación en ocasión al Homicidio de quien en vida respondiera al nombre de SOSA CHACON JOSE ANGEL NICOLAS. En tal sentido a fin de emitir algun pronunciamiento este Tribunal pasa hacer las siguientes consideraciones:
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DE LOS HECHOS

En fecha 07 de 0ctubre de 2009 se recibe llamada del funcionario Franco Sánchez, adscrito al Servicio de Emergencia 171, de la Gobernación del Estado Lara informando que en la Avenida Bracamonte con Venezuela, vía publica de esta ciudad se encuentra un cuerpo de una persona del sexo masculino sin signos vitales presentando heridas producidas por arma de fuego, desconociéndose mas detalles al respecto. Una vez recibida la novedad vía telefónica funcionarios del CICPC, se trasladan al sitio del suceso quiénes efectúan el procedimiento de rigor, trasladan el cadáver del ciudadano LUIS CHUELLO a la morgue del hospital central, le efectúan la inspección respectiva, efectúan entrevista a los testigos y le dan inicio a las actas procesales respectivas, verificando que el ciudadano SOSA CHACON JOSE ANGEL se encontraba en la firma comercial CAUCHOS SANTA ROSA TIRES, el día 07 de Octubre de 2008, arreglando el caucho trasero de la camioneta Explorer que usaba para su traslado y en ese instante hicieron acto de presencia tres sujetos portando arma de fuego despojando de sus pertenencias a todos los que se encontraban presentes en el sitio y cuando se disponían a despojar de sus pertenencias al hoy occiso este opuso resistencia y trato de repeler el ataque armándose presuntamente con una mandarria, procediendo los sujetos a efectuarle once disparos que le cegaron su vida.

RESULTADOS DE LAS DILIGENCIAS
El Ministerio Público, una vez que tuvo conocimiento de la presunta comisión de este hecho punible perseguible de oficio, ocurrido el día 07 de Octubre de 2008, ordeno el Inicio de la Investigación en fecha 08 de Octubre del mismo año, así como la practica de diligencias de investigación, cuyas resultas sumadas a las diligencias urgentes y necesarias, practicadas por funcionarios adscritos a la Brigada contra Homicidio de el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas del Estado Lara, inmediatamente después de tener conocimiento de los hechos, conforman la totalidad el físico de la presente causa Nro. 13-F2-2545-08, entre las cuales se encuentran:

1.- Acta de Investigación Penal de fecha 07 de Octubre de 2008, suscrita por el funcionario Detective Correa Luís adscrito al grupo de trabajo contra homicidios de la Delegación del C.I.C.P.C del Estado Lara, quien refiere que procedió a trasladarse en compañía del funcionario Agente Puerta Jesneider siendo las 10:30 horas de la noche se trasladan a la Avenida Bracamonte con Avenida Venezuela donde se encontraba el cadáver de una persona presentando heridas por arma de fuego desconociendo mas detalles al respecto…siendo específicamente en el interior del establecimiento comercial Cauchos Santa Rosa Tires, C.A, fuimos recibidos por el funcionario de la policía Estadal …quienes nos indicaron el lugar especifico donde yacía en decúbito lateral derecho, el cadáver de una persona del sexo masculino a quien se le podían apreciar varias heridas producidas por el aso de proyectiles disparados por arma de fuego…obteniendo información de que el infortunado era un mayor de la Guardia Nacional retirado, identificado como SOSA CHACON JOSE ANGEL NICOLAS, venezolano, natural de Barquisimeto de 41 años de edad de profesión u oficio militar retirado, soltero residenciado en la Av. Lara residencias El Tiuna, Barquisimeto Estado Lara, titular de la cedula de identidad Nº: V-8.189.098, quien mientras esperaba que le repararan el caucho a su vehiculo irrumpieron tres sujetos desconocidos portando armas de fuego para despojar a los presentes de sus pertenencias, sin embargo el hoy occiso opuso resistencia recibiendo varios disparos de parte de los delincuentes inmediatamente después procedimos a realizar la fijación fotográfica y posterior levantamiento del cadáver para su traslado a la morgue del Hospital Central Antonio Maria Pineda…realizamos una minuciosa búsqueda de evidencias de interés criminalisticos pudiendo visualizar siete conchas percutidas las cuales luego de ser fijadas fotográficamente y removidas de su posición original se pudo constatar que se trataba de seis conchas percutidas calibre 9mm, marca CAVIM y una concha percutida calibre 9mm marca LUGER así como cuatro proyectiles parcialmente deformados, muestra de sustancia de color ardo rojiza y una herramienta de trabajo mejor conocida como mandarria, la cual se presume que uso el hoy inerte para intentar golpear a los autores del hecho por tal motivo siendo las 8:10 horas de la noche se procedió a fijar la Inspección Técnica del lugar de los hechos…sostuvimos entrevista con un ciudadano que quedo identificado como JUAN JOSE NUÑEZ OPEZ, venezolano, natural de esta ciudad, de 15 años de edad, obrero residenciado en la avenida Libertador entre calles 54 y 55 casa s/nº de esta ciudad, titular de la cedula de identidad Nº: V-24.567.939, quien labora en el sitio donde ocurrieron los hechos, en torno a los mismos indico que mientras se encontraba reparando el caucho trasero del vehiculo del interfecto quien había llegado momentos antes al local comercial, fueron sorprendidos por tres sujetos armados y que los mismos mientras estaban despojando de sus pertenencias al hoy occiso este se opuso al robo e intento golpear a uno e los delincuentes con unas de las herramientas del lugar resultando gravemente herido luego que los referidos le propinaron varios disparos para huir luego huir del lugar cargando con una cadena una pulsera y dos anillos de oro que portaba la victima, así como las pertenencias de otro cliente que se encontraba en la parte externa del local comercial de quien no supo dar razón puesto que el mismo se retiro de inmediato del sitio…posteriormente nos trasladamos a la morgue del Hospital Central Antonio Maria Pineda a fin de depositar el referido cadáver para su posterior necropsia de ley…

2.- Con el Reconocimiento del Cadáver 3644-08, de fecha 07/10/08, suscrita por los funcionarios Detective Correa Luís y Agente Puerta Jesneider, adscritos a la delegación del C.I.C.P.C del Estado Lara, en donde se aprecia las características fisonómicas del occiso, presentando: Una (01) herida de forma circular en la región bucal, una (01) herida de forma circular en la regios auricular, una herida de forma circular en la regios clavicular derecha, una (01) herida de forma circular en la región acromial derecha, Una (01) herida de forma circular en la región hipocóndrica izquierda, Una herida de forma circular en la región mamaria izquierda, una (01) herida de forma circular en la región trocanterica derecha, una herida de forma circular en la región súper escapular derecha, dos (02) heridas de forma circular en la región de la nuca; una (01) herida de forma circular en la región escapular izquierda y una herida de forma circular en la región Lumbar izquierda, de igual manera el cadáver quedo identificado por sus familiares como SOSA CHACON JOSE ANGEL NICOLAS, cedula de identidad V- 8.189.098

3.- Con el Acta de Entrevista realizada a PEREZ DEIMAR JOSE, venezolano, mayor de edad, natural de Barquisimeto de 20 años de edad de fecha de nacimiento 02-07-88, de estado civil soltero, de profesión u oficio cauchero, titular de la Cedula de Identidad Nº: V-20.009.244, …quien expone: “Resulta ser que el día de hoy 07/10/2008, aproximadamente a las siete y diez de la noche yo me encontraba trabajando en la Cauchera Santa Rosa, ubicada en la Estación San Luis específicamente en la avenida Venezuela con Avenida Bracamonte de esta ciudad y en eso llego un señor a bordo de una Camioneta Explorer, de color vino tinto y le dijo a mi compañero que le arreglara el caucho trasero porque se estaba espichando. Luego llegaron tres tipos y gritaron que era un robo, Yo me tire al piso escuche cuando uno de los sujetos le decía a un cliente que le entregara la cadena y el señor le decía que se calmara que el se la iba a entregar, después escuche como cinco disparos y cuando los tipos iban uno grito que por eso era que los mataban. Después yo me levante y me di cuenta que le habían disparado al señor que había llegado en la camioneta Explorer… ORLANDO ALI MÁRQUEZ GÓMEZ C.I 8.713.799, de fecha 16/02/2008, testigo presencial de los hechos, quien refiere: “Resulta que el día de hoy como a la 1 de la tarde me trasladé para el banco Mercantil ubicado en el Centro Comercial Las Trinitarias en compañía de LUIS CHUELLO en el cuál yo cobré un cheque de CUATRO MIL BOLIVARES FUERTES (4.000,00) luego salimos y nos vamos al banco Central ubicado en el mismo centro comercial a cobrar un cheque que el tenía por CUATRO MIL CUATROSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (4.400,00), pero dramos como una hora y media porque nos pusieron a esperar, luego salimos juntos y nos montamos en el carro para irnos para el transporte donde trabajamos, pero cuando vamos desplazándonos por la calle Capanaparo con Calle Orinoco nos interceptaron de frente dos (2) motos con dos (2) sujetos en cada una de ellas, Luis me dice: “Epa ¿que hacen estos chamos por aquí?, Gocho nos van a atracar”, yo iba de copiloto y fue cuando uno de ellos parte el vidrio del lado donde yo estoy y me dice que le dé la plata, es cuando yo saqué el dinero que había retirado del primer banco, pero Luis se aferró al dinero que había retirado del segundo banco y yo le decía que entregara esos cobres y el no quería, luego los comenzó a sacar nervioso, se estiró en el asiento para sacarlos de su bolsillo izquierdo, se enredaba, pero los logró sacar y después fue cuando se escuchó el disparo pero no sé de qué lado porque estaban muy asustados, ellos arrancan en las motos y se fueron yo me salí del carro y llamé por teléfono al jefe para avisarle lo sucedido, fue cuando llegaron los funcionarios de la policía…”

4.- Con la Copia Simple del ACTA DE DEFUNCION del ciudadano LUIS ALBERTO CHUELLO FLORES C.I. V.- 7.435.234.

5.- Con el Acta de Investigación penal, de fecha 30/03/2008, suscrita por el Agente Escalante José, adscrito al Grupo de Trabajo Contra Homicidios del C.I.C.P.C Sub Delegación Lara en la cual refiere y deja constancia de la siguiente diligencia investigación efectuada en la presente averiguación: “encontrándome en labores de servicio de este despacho, siendo aproximadamente las 3:00 horas de la mañana del día de hoy, se recibió llamada telefónica de una persona quien no quiso identificarse por temor a futuras represalias, manifestando que en la URBANIZACION BLANQUITA DE PEREZ, CALLE RUIZ PINEDA, ENTRE CALLES RAUL LEONI Y ALBERTO CARNEVALLI, FRENTE DE UNA CASA COLOR VERDE CLARO CON EL NUMERO 33 de Cabudare estado Lara; se encuentra frente a la misma, un sujeto quien es jefe de una banda de atracadores y azotes de barrio de nombre ANFONI VILLALBA, Alias “El ANFONI”, en compañía de otros sujetos miembros de su banda, quiénes son Yhoan Morillo, Gustavo Peraza Alias “El gordo” y Rafael Pérez Alias “El Babo”, todos ellos desplazándose en una moto de color marrón vieja y otra color roja de las nuevas con el tubo de escape negro y con pistolas en mano, efectuaron disparos a diestra y siniestra sin importar que persona saliera herida y que no es la primera vez que eso sucede, pero nadie hace nada para evitar eso… manifestó que esta banda es organizada y peligrosa, ya que hace varios días, los escucharon decir en un establecimiento comercial llamado “Reina” de venta de comida y bebidas alcohólicas, propiedad de un sargento retirado de la guardia nacional, en las adyacencias de dicho sector a donde frecuentemente acuden, que ellos fueron los que robaron y asesinaron a un señor gandolero de nombre LUIS ALBERTO CHUELLO hecho ocurrido en la calle Capanaparo de la zona Este de Barquisimeto estado Lara, luego de que el saliera de cobrar un dinero en un banco del Centro comercial Las Trinitarias el dia 16 de Febrero del 2008; ya que al decir de ellos, este señor (LUIS CHUELLO) “se había puesto cómico para entregar la plata que había sacado del banco, además que el occiso reconoció a los integrantes de la banda “EL ANFONI” porque este último tuvo una pareja de nombre Carmen Mendoza Alias “La Pina” en la Urb. FORTUNATO ORELLANA de Cabudare Estado Lara, Sector donde se crió y creció el hoy occiso…

6.- Con el Acta de Investigación penal, de fecha 18/04/2008, suscrita por el Agente Escalante José, adscrito al Grupo de Trabajo Contra Homicidios del C.I.C.P.C Sub Delegación Lara en la cual refiere y deja constancia de la siguiente diligencia investigación efectuada en la presente averiguación: “En esta misma fecha prosiguiendo las averiguaciones relacionadas con la causa 13-F6-0500-08 (H-789.646) que adelanta la fiscalía sexta del ministerio público por la presunta comisión de uno de los delitos contra las personas y la propiedad (Homicidio y robo) me dirigí en unidades identificadas de este despacho acompañado de los funcionarios inspector jefe Pedro Díaz, inspector Siverio Bracho detective Marcos Molero hacia la urbanización Tarabana II, sector I calle 8 casa #25 de Cabudare Estado Lara, con la finalidad de practicar orden de visita domiciliaria emanada del juez de control numero 4, según asunto KP01-P-2008-004342. Una vez presentes en el lugar procedimos a tocar las puertas del inmueble en compañía de los ciudadanos Suarez Silva Juan Bautista, titular de la cedula de identidad V.- 7.304.471 y García José Gonzalo cédula de identidad numero V.-7.352.579 quienes servirán como testigo en el presente acto… luego de manifestar el motivo de la presencia nos entrevistamos con una ciudadana de nombre: Vargas Angelina del Carmen, Venezolana, natural de Santa Inés, estado Lara de 38 años de edad residenciada en la dirección visitada cédula de identidad V.- 12.534.329, al preguntarle por el ciudadano apodado EL ANFONI, nos manifestó ser la progenitora del ciudadano requerido y su filiación era la siguiente: ANFONI TERRY VILLALBA ALDANA, venezolano, natural de esta ciudad de 25 años de edad soltero profesión u oficio indefinida, cedula de identidad V.- 17.013.560, que el mismo no se encontraba al momento de nuestra visita, por lo que se le libró boleta de citación, para que comparezca a la oficina del grupo de trabajo contra homicidios, el día 21 de abril de 2008 a las 8:00 horas de la mañana…

7.- Con el Acta de Investigación penal, de fecha 25/08/2008, suscrita por el Agente Escalante José, adscrito al Grupo de Trabajo Contra Homicidios del C.I.C.P.C Sub Delegación Lara en la cual refiere y deja constancia de la siguiente diligencia investigación efectuada en la presente averiguación: “En esta misma fecha prosiguiendo las averiguaciones relacionadas con la causa 13-F6-0500-08 (H-789.646) que adelanta la fiscalía sexta del ministerio público por la presunta comisión de uno de los delitos contra las personas y la propiedad (Homicidio y robo). Me dirigí en vehículo particular acompañado del funcionario detective Marcos Molero, hacia la urbanización Tarabana II Sector I calle 8 casa # 25 de Cabudare estado Lara con la finalidad de citar al ciudadano: ANFONI TERRY VILLALBA ALDANA cédula de identidad V.-17.013.560, para que comparezca a la oficina del grupo de trabajos contra homicidios. Una vez presentes en la mencionada dirección, después de identificarnos como funcionarios de este cuerpo de investigaciones y manifestar el motivo de la comisión, nos entrevistamos con la ciudadana Vargas Angelina del Carmen, Venezolana, natural de Santa Inés, estado Lara de 38 años de edad residenciada en la dirección visitada cédula de identidad V.- 12.534.329, progenitora del ciudadano requerido QUIEN NOS INFORMÓ QUE PERDIÓ EL CONTACTO CON SU HIJO, YA QUE ESTE SE FUE DE LA CASA LUEGO DE LOS ALLANAMIENTOS, NO ESTÁ VIVIENDO CON ELLOS, DESCONOCIENDO DONDE PUEDE SER UBICADO Y NEGANDOSE A RECIBIR MAS BOLETAS DE CITACION. En vista de lo antes expuesto nos retiramos del lugar con la finalidad de plasmar en actas lo antes expuesto. Así mismo se solicita a la mencionada representación fiscal, realice lo conducente para tramitar ORDEN DE APREHENSION ante el tribunal correspondiente…


Una vez analizadas las actas procesales este Tribunal Quinto de Control considera que encuentran llenos los extremos de ley, exigidos en los artículos 250, 251, 252 y 253 del Código Orgánico Procesal Penal toda vez que estamos en presencia de un hecho punible que merece pena corporal y cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita como es el HOMICIDIO CALIFICADO EN EL COMETIDO EN EL CURSO DE LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO en grado complicidad correspectiva, tipificado en el articulo 406, ordinal 1° en relación con el articulo 424, ambos del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 Ejusdem; fundados elementos de convicción para estimar que los ciudadanos , fueron los autores o participes de los hechos in comento, ello en virtud de cada uno de los elementos de convicción expuestos en el capitulo precedente, así mismo como quiera que estamos en presencia de un delito cuya pena en su limite máximo excede de los diez años existe una presunción razonable de fuga de los mencionados imputados en razón de la pena que pudiera llegar a imponerse y la gravedad del daño causado de igual forma de permanecer en libertad estos ciudadanos podrían influir en los testigos y victimas o expertos, haciendo que estos informen falsamente o se comporten de manera reticente poniendo en peligro la investigación, la verdad de los hechos y la realización de la justicia. Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal considera procedente ACORDAR la ORDEN DE APREHENSION A NIVEL NACIONAL en contra de los ciudadanos: DURAN TORREALBA MIGUELANGEL DEL VALLE, venezolano, titular de la cedula de identidad Nro. V-19.590.878, alias “El Miguelacho”, TORREALBA HERNANDEZ ANTONY GERSON, venezolano, titular de la cedula de identidad N°: V-21.049.215, alias “El Anthony”, MUJICA SANCHEZ FRANKLIN JOSE, venezolano, titular de la cedula de identidad N°: V-17.814.091. Líbrese la correspondientes boletas de Notificación y oficios a los órganos de seguridad del estado. Cúmplase.

La Juez Quinta de Control
Abg Alicia Olivares Melendez

El Secretario