REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Puerto Ordaz, Dos (02) de Marzo de dos mil nueve (2009)
198º y 149º
N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2008-001668
PARTE ACTORA: MOISES ALEJANDRO CASTRO Y OSCAR CELESTINO MARTINEZ venezolanos, mayores de edad y titulares de la Cédula de Identidad Nº 13.091.058 y 10835.953
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GERMAN QUIJADA MERCADO, Abogado en Ejercicio y de este domicilio e inscritos en el IPSA bajo los Nº 80.949
PARTE DEMANDADA: UNION VENEZOLANA DE MANTENIMIENTO GENERAL (UNIVEMCA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


DESISTIDO EL PROCESO – TERMINADO EL PROCEDIMIENTO

En el día de Hoy Dos (02) de Marzo de 2009, fecha y hora para que tenga lugar la Instalación en el presente Asunto de la prolongación de audiencia Preliminar, se hizo el llamado por el ciudadano Alguacil, en la Sala de Audiencia de este Circuito Judicial Laboral, y a tales efectos compareció a esta Sala, únicamente el ciudadano STEFAN JAMBAZIAN Abogado en Ejercicio y de este domicilio e inscrito en el IPSA bajo Nº 45.742 en su condición de representante judicial de la Sociedad Mercantil UNION VENEZOLANA DE MANTENIMIENTO GENERAL (UNIVEMCA) representación ésta que se evidencia de instrumento poder que riela inserto en auto Parte Demandada en la presente Causa. Dejándose constancia que los ciudadanos MOISES ALEJANDRO CASTRO Y OSCAR CELESTINO MARTINEZ venezolanos, mayores de edad y titulares de la Cédula de Identidad Nº 13.091.058 y 10835.953 Partes Accionantes, no comparecieron ni por sí ni por medio de representante judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero 1º de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCESO Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO.

Regístrese y Publíquese la presente Decisión y Déjese Copia en el Compilador respectivo.

Dado, Firmado y Sellado en la Sala del Despacho del Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz. A los Dos (02) días del mes de Marzo del dos mil nueve (2009). Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
EL JUEZ

Abg. JOSE ANTONIO MARCHAN.


EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,




LA SECRETARIA