REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años: 199º y 150º

Nº DE EXPEDIENTE: KP02-L-2009-0140
PARTE ACTORA: JACINTO ROBERTO MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad Nro.5.259.443.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: ROSBELD ALVAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.92.463.
PARTE DEMANDADA: ENVI, C.A.
APODERADO JUDICIALES DE LA DEMANDADA: JOSÉ LUIS MACHADO, Inpreabogado Nro. 21.758.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 11 de Junio de 2008 siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar. El Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma; la parte actora JACINTO ROBERTO MÉNDEZ; sólo hizo acto de presencia la parte demandada ENVI, C.A, a través de su apoderado judicial abogado JOSÉ LUIS MACHADO, Inpreabogado Nro. 21.758. Se deja constancia que compareció la Procurador Especial de Trabajadores del Estado Lara Abogado ROSBELD ALVAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 92.463; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.


La Juez,
Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria,
Abg. Anniely Elías Corona
Las Partes Comparecientes