REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
ASUNTO: KP02-L-2008-000054
AUDIENCIA PRELIMINAR (PROLONGACIÓN)
PARTE DEMANDANTE: JAVIER VELASQUEZ, titular de la cedula de identidad N° 15.230.239
ABOGADAS APODERADAS PARTE DEMANDANTE: MARYOLUY URRIETA y LUIMAR URRIETA inscritas en el instituto de previsión social del abogado bajo los Nros. 104.272 y 126.160 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: TALLER HIDROMECANICO C.A
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: GUSTAVO DUARTE inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el número 108.299
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, nueve (09) de junio de 2009, siendo las diez y media de la mañana (10:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece por la parte demandada la abogada CLAUDIA OROPEZA, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el número 133.179, actuando en su condición de apoderado judicial tal como se evidencia de autos. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil KELBIS CRESPO, encargado de anunciar la audiencia. En razón de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y regístrese la presente decisión.-
El Juez
Abg. José Tomás Álvarez Mendoza
La Secretaria
Abg. María Kamelia Jiménez Pérez
La parte demandada
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