REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

ASUNTO: KP02-L-2009-447

AUDIENCIA PRELIMINAR (DESISTIMIENTO)

PARTE DEMANDANTE: WILLIAM OMAR MEDINA YEPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 11.071.395
ABOGADOS APODERADOS: JHOEN JESUS BARCO MEZA Y ATAMAICE PUENTE RINCONES, inscrito en el IPSA con el No. 113.884 y 117.672.
PARTE DEMANDADA: VENEFACTORING, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, veintiséis (26) de junio de 2009, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil CARLOS MORON. En razón de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y regístrese la presente decisión.-
El Juez

Abg. José Tomás Álvarez Mendoza
La Secretaria

Abg. María Kamelia Jiménez Pérez