REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

ASUNTO: KP02-L-2008-1218

AUDIENCIA PRELIMINAR (DESISTIMIENTO)

PARTE DEMANDANTE: JUAN CARLOS URDANETA PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nr. V- 10.778.934
PARTE DEMANDADA: LABORATORIOS ELMOR, S.A. representada por el ciudadano CESAR GUEVARA, en su condiciòn de Gerente Regional de Ventas.
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: RAFAEL BLANCO RICOVERY, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el No. 39.945.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, diez (10) de junio de 2009, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece por la parte demandada LABORATORIOS ELMOR, S.A., el abogado RAFAEL BLANCO RICOVERY, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el No. 39.945, actuando en su condición de apoderado judicial, quien consigna en este acto poder otorgado por la empresa demandada, solicitando su devoluciòn previa certificación del mismo. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil CARLOS MORON. En razón de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y regístrese la presente decisión.-
El Juez

Abg. José Tomás Álvarez Mendoza
La Secretaria

Abg. María Kamelia Jiménez Pérez


La parte demandada