REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiseis de junio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : KP02-V-2003-001339


PARTE ACTORA: por la Empresa INVERSIONES HALCON C.A, inscrito en el Registro Mercantil del Estado Lara, el día 20 de Junio de 200, bajo el N° 22, Tomo 25-A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARISOL MORLES VIZCAYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.447.313, e inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 59.611.

PARTE DEMANDADAla Empresa MUNICIPAL DE INFRAESTRUCTURA Y CONSERVACION DE AMBIENTE, EMICA, S.A., representada por el ciudadano JESUS SALVADOR LUGO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.198.644, en su condición de presidente de este domicilio

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCION DE LA INSTANCIA EN JUICIO POR INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO.
Se inició el presente juicio de Cumplimiento de Contrato, intentada por la Empresa INVERSIONES HALCON C.A. de este domicilio, a través de su apoderada judicial, abogada SARA MARISOL MORLES VIZCAYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.447.313, e inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 59.611, contra la Empresa MUNICIPAL DE INFRAESTRUCTURA Y CONSERVACION DE AMBIENTE, EMICA, S.A., representada por el ciudadano JESUS SALVADOR LUGO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.198.644, en su condición de presidente de este domicilio. En fecha 20/01/2004, Se admitió la presente demanda y se ordeno librar notificación al sindico procurador. En fecha 03/06/2004, se consigno copias del libelo a los fines de la citación de la demandada. En fecha 08/06/2004 el Tribunal dicta auto donde se acuerda oficiar al Sindico Procurador del Municipio Iribarren de Estado Lara. En fecha se consigno diligencia de la parte actora solicitando se cite a la demandada y se notifique al sindico procurador. En fecha 30/06/2004 el Tribunal dicta auto donde se acuerda oficiar al Sindico Procurador del Municipio Iribarren de Estado Lara. En fecha 02/02/2005, consigna diligencia solicitando la practica de la citación en virtud que ya se encuentra citado el sindico procurador. En fecha 03/10/2007 la parte actora consigna diligencia solicitando la citación de la parte demandada. En fecha 09/10/2007 la Juez Titular se avoco al conocimiento de la presente causa. En fecha 18/04/2008 la parte actora solicito la citación de la parte demandada a los fines de la continuación de Juicio. En fecha 05/06/2008, la parte actora consigna diligencia solicitando la citación de la parte demandada. En fecha 068/06/2008, se libro compulsa. En fecha 16/06/2008, consigno diligencia la Abg. Sara Morles en la cual solicita sea practicada la citación a la empresa para-municipal Emica. En fecha 26/06/2008 consigna diligencia la Abg. Sara Morles en donde Solicita que se sirva expedir y practicar CITACIÓN.-
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes”.
En el presente caso, se observa que desde la última actuación de impulso procesal, fue en fecha 26/06/2.008, donde compareció la por la Abg. Sara Morles en donde Solicita que se sirva expedir y practicar citación de la demandada, hasta la presente fecha, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentada por la Empresa INVERSIONES HALCON C.A contra la Empresa MUNICIPAL DE INFRAESTRUCTURA Y CONSERVACION DE AMBIENTE, EMICA, S.A, antes identificados.
NOTIFÍQUESE A LAS PARTES.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. DÉJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los veintiséis (26) días del mes de Junio de dos mil nueve. AÑOS: 198° y 149°.

La Juez

MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria

ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Sec. -
MJP/Milagro