REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de junio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: KP02-S-2007-019931

PARTE ACTORA: FRANCISCO RAMÓN URDANETA MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.956.071, domiciliado en Quibor, Municipio Jiménez del Estado Lara.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: JOSÉ ERNESTO RIERA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 90.132.

PARTE DEMANDADA: YELY MARIA RODRÍGUEZ COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.127.026, de este domicilio.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA EN JUICIO DE SEPARACIÓN DE HECHO 185-A.

Se inició el presente juicio de Separación de Hecho 185-A, intentado por el ciudadano FRANCISCO RAMÓN URDANETA MORENO, contra la ciudadana YELY MARIA RODRÍGUEZ COLMENAREZ, el cual se admitió a sustanciación en fecha 14/11/2.007, por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, y en el mismo se acordó notificar al Ministerio Público (f. 07). En fecha 21/11/2.007, se dio por notificado el Fiscal Encargado Décimo Cuarto del Ministerio Público, Dr. Angel Petit (f. 09).
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las
partes”.
En el presente caso, se observa que desde la última actuación de este tribunal en fecha 14/11/2.007, donde se admitió la presente demanda, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de SEPARACIÓN DE HECHO 185-A, seguido por el ciudadano FRANCISCO RAMÓN URDANETA MORENO, contra la ciudadana YELY MARIA RODRÍGUEZ COLMENAREZ, identificados en autos.
NOTIFÍQUESE A LA PARTE ACTORA.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. DÉJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los veinticinco (25) días del mes de Junio de dos mil nueve. AÑOS: 199° y 150°.

La Juez

MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria

ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Sec.
MJP/Mónica