REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION Nº 1

Barquisimeto, 11 de Junio de 2009
Años: 198º y 150º


ASUNTO: KP01-S-2003-3834


Vistas las actuaciones realizadas por la ciudadana Abg. ENMA SUAREZ GONZALEZ, quien actuando en su carácter de defensora publica del penado ROBIN MENDEZ, portador de la cedula de identidad Nº V-16.530.790; en donde le participa a este tribunal que el referido penado de autos fue trasladado al centro penitenciario del Estado Portuguesa ( centro penitenciario de LOS LLANOS), razón por la cual este tribunal de conformidad con el articulo 481 del Código Orgánico Procesal Penal, EXHORTA a:

 El Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa a los fines de la designación de un Tribunal de Ejecución para vigilancia penitenciaria del referido penado.
 Se oficie al centro Penitenciario del Estado Portuguesa (LOS LLANOS) para que se sirva de remitir la carta de buena conducta del penado.

Se acuerda remitir copias certificadas del respectivo cómputo de pena, a las dependencias antes señaladas. Líbrese lo Ordenado. Notifíquese a las Partes Cúmplase.
JUEZ DE EJECUCION N º 1
LA SECRETARIA
ABG. EDWIN ANDUEZA AMARO