REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE JUICIO NO. 2
EN SU NOMBRE

Barquisimeto, 19 de Junio de 2009
Años: 199º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2004-000033

ABOCADA al conocimiento del presente asunto y a los fines de emitir pronunciamiento sobre el estado en que se encuentra el mismo, se hace necesario que conste en autos la notificación y aceptación de la abogada LAURA ELIZABETH ADAMS, a los fines de que asista al Ciudadano GRITZKO TERAN, en la presente causa, por lo que se ORDENA NOTIFICAR por tercera vez a la identificad profesional del derecho, para que comparezca por ante este tribunal y se de cumplimiento a la decisión de la Corte de Apelaciones. Notifíquese a la abogada, la obligación en que está de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley de Abogados y el artículo 5 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 49 de la Constitución de dar cumplimiento URGENTE a lo ordenado por este Tribunal, por lo que se le emplaza a darse por notificada en el lapso de tres (3) días hábiles una vez conste en autos la notificación. Regístrese, publíquese y notifíquese. Cúmplase.


La Jueza de Juicio No. 2

Abog. Pilar Fernández de Gutiérrez


El Secretario
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos
El Secretario