REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, CON SEDE EN PUERTO ORDAZ.
Puerto Ordaz, 26 de junio de 2009.
199° y 150°
ACTA DE AUDIENCIA HOMOLOGACION DE TRANSACCION

ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2009-000497
ASUNTO : FP11-L-2009-000497

PARTE ACTORA: ciudadanos CIJIFREDO COVA, JUAN DE DIOS FIGUERA MORENO, EMIGDIO JOSE MARCANO VASQUEZ, JHONY JOSE MARCANO, ANIBAL JOSE MOSQUEDA, JESUS CRISTOBAL PEÑA, ARTURO JOSE GONZALEZ HUDSON, EULIDES RAFAEL RODRIGUEZ, CARLOS EMIL SILVA, NIXON GAMEL VELASQUEZ BOMPART, CRUZ ISMAEL RAMOS, FRANCISCO ANTONIO ARAGUAYAN, BENIGNO UGAS, EFREN RAMON SOLER AMARISCUA, JULIO CESAR MONAGAS MARTINEZ, PEDRO RAFAEL ROSAS BELLORIN, NELSON JOSE ROJAS GASCON, JUAN FRANCISCO TOVAR OROPEZA, GUAICA JUAN MARCANO y AQUILINO JOSE ROJAS FERMIN, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nros. 6.658.039, 8.545.541, 12.531.951, 15.852.305, 10.301.875, 12.004.799, 10.392.723, 6.614.290, 9.950.804, 5.904.297, 10.934.066, 9.293.601, 10.882.781, 5.621.707, 2.906.939, 8.930.192, 2.906.401, 10.269.929, 13.075.765, y 10.929.297, respectivamente.

APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Ciudadano ANTONIO GOMEZ, Abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 26.957.

PARTE ACCIONADA: empresas INVERSIONES ARIVANA SUITE, C.A., PREMEZCLADOS DEL SUR C.A.,Y GERENCIA DE PROYECTOS DEL SUR, C.A, así como los ciudadanos MANUEL TOMAS NEGRIN FERNDEZ Y MANUEL RUBIAL NOGUEIRA.-

APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Ciudadana EUKARYS LAZZAR BERNAY, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 26.529.

Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy veintiséis (26) de junio de 2009, siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.) comparecen por ante este Juzgado los ciudadanos: CIJIFREDO COVA, JUAN DE DIOS FIGUERA MORENO, EMIGDIO JOSE MARCANO VASQUEZ, JHONY JOSE MARCANO, ANIBAL JOSE MOSQUEDA, JESUS CRISTOBAL PEÑA, ARTURO JOSE GONZALEZ HUDSON, EULIDES RAFAEL RODRIGUEZ, CARLOS EMIL SILVA, NIXON GAMEL VELASQUEZ BOMPART, CRUZ ISMAEL RAMOS, FRANCISCO ANTONIO ARAGUAYAN, BENIGNO UGAS, EFREN RAMON SOLER AMARISCUA, JULIO CESAR MONAGAS MARTINEZ, PEDRO RAFAEL ROSAS BELLORIN, NELSON JOSE ROJAS GASCON, JUAN FRANCISCO TOVAR OROPEZA, GUAICA JUAN MARCANO y AQUILINO JOSE ROJAS FERMIN, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nros. 6.658.039, 8.545.541, 12.531.951, 15.852.305, 10.301.875, 12.004.799, 10.392.723, 6.614.290, 9.950.804, 5.904.297, 10.934.066, 9.293.601, 10.882.781, 5.621.707, 2.906.939, 8.930.192, 2.906.401, 10.269.929, 13.075.765, y 10.929.297, respectivamente, su apoderado judicial abogado en ejercicio ANTONIO GOMEZ, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 26.957 parte actora; y la ciudadana EUKARYS LAZZAR BERNAY, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 26.529. en su carácter de apoderada judicial de las demandadas de autos sociedades mercantiles INVERSIONES ARIVANA SUITE, C.A., PREMEZCLADOS DEL SUR C.A.,Y GERENCIA DE PROYECTOS DEL SUR, C.A, así como de los ciudadanos MANUEL TOMAS NEGRIN FERNDEZ Y MANUEL RUBIAL NOGUEIRA., tal como se evidencia de instrumento poder que presenta en este acto, los referidos ciudadanos solicitan del Tribunal aperture la audiencia preliminar, pues han decidido de mutuo acuerdo renunciar a los lapsos de comparecencia a dicho acto procesal, por haber llegado a un acuerdo, por lo que la jueza lo acuerda en conformidad constituyéndose el tribunal a los efectos de celebrar la audiencia y en tal sentido observa del contenido del escrito de transacción que consignan en este acto, lo siguiente: la abogada EUKARIS DEL VALLE LAZZAR BERNAY, ya identificada, ofrece a los fines de culminar el presente juicio donde los demandantes reclaman el pago de antigüedad, vacaciones 2006-2007, vacaciones 2007-2008, vacaciones fraccionadas del 2.008-2009, semanas pendientes del 08/12/2008 hasta 22/02/2009, utilidades fraccionadas de 2009, útiles escolares, tickets de alimentación, indemnización del art. 125, intereses de antigüedad, bono de asistencia, sanción por mora y dotación conforme a la Convención Colectiva de la Industria de la Construcción, en nombre y representación de INVERSIONES ARIVANA SUITE, C.A., PREMEZCLADOS DEL SUR, C.A. y GERENCIA DE PROYECTOS DEL SUR, C.A., propongo cancelar dichos conceptos de la siguiente forma: : CIJIFREDO COVA la suma de Bs. F 49.800,81; JUAN DE DIOS FIGUERA MORENO la suma de Bs. F 45.728,18; EMIGDIO JOSÉ MARCANO VÁSQUEZ la suma de Bs. F 50.502,49; JHONY JOSÉ MARCANO la suma de Bs. F 53.450,65; ANIBAL JOSÉ MOSQUEDA la suma de Bs. F 46.121,73; JESÚS CRISTOBAL PEÑA la suma de Bs. F 52.426,99; ARTURO JOSÉ GONZALEZ HUDSON la suma de Bs. F 53.222,74; EULIDES RAFAEL RODRIGUEZ la suma de Bs. F 42.394.25; CARLOS EMIL SILVA la suma de Bs. F 42.257,75; NIXON GAMEL VELASQUEZ BOMPART la suma de Bs. F 47.020,61; CRUZ ISMAEL RAMOS la suma de Bs. F 64.910,62; FRANCISCO ANTONIO ARAGUALLAN la suma de Bs. F 54.830,21; BENIGNO UGAS la suma de Bs. F 52.498,34; EFREN RAMON SOLER AMARISCUA la suma de Bs. F 51.227,31; JULIO CESAR MONAGAS MARTINEZ la suma de Bs. F 46.165,30; PEDRO RAFAEL ROSAS BELLORIN la suma de Bs. F 56.247,61; NELSON JOSÉ ROJAS GASCON la suma de Bs. F 50.414,72; JUAN FRANCISCO TOVAR OROPEZA la suma de Bs. F 49.840,37; GUAICA JUAN MARCANO la suma de Bs. F 45.162,02 y AQUILINO JOSÉ ROJAS FERMÍN la suma de Bs. F 54.152,12.montos que totalizan la cantidad de Bs.F 993.544.81, Así mismo, las demandadas se comprometen a pagar las cantidades antes descritas en un plazo de quince (15) días a partir de la presente fecha para hacer efectivo el pago de las cantidades ofrecidas, mediante cheque bancario a nombre de cada trabajador, pudiendo cancelar antes de la fecha. Por último, los demandantes convienen en aceptar las cantidades ofrecidas en este acto y autorizan a las demandadas para que a cada una de ellas le sea descontado el 10% como honorarios profesionales para el abogado ANTONIO GÓMEZ, ya identificado. Se deja constancia que la abogada de las demandadas consigna en este acto copia fotostática del instrumento poder que le acredita su representación y las planillas de liquidación de cada trabajador en las cuales consta en detalle los conceptos y cantidades convenidas en forma definitiva por los demandantes por lo que este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en virtud de que la MEDIACIÓN HA SIDO POSITIVA, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 3 Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 de su Reglamento y articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su aprobación y homologa la TRANSACCIÓN celebrada entre las partes, en los términos y condiciones contenidos en el escrito transaccional, dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia de ello, se da por terminado el presente litigio, se ordena agregar a los autos la transacción en cuestión, planillas de liquidación de prestaciones sociales y copia de cedula de identidad de los accionantes con la salvedad de que una vez se cumpla con lo acordado se procederá al archivo del presente expediente para su seguridad y resguardo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el compilador respectivo.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO NOVENO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR. EN PUERTO ORDAZ, A LOS VEINTISEIS (26) DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL NUEVE- AÑOS: 199° DE LA INDEPENDENCIA Y 150° DE LA FEDERACIÓN.-
LA JUEZA,

Dra. JUANA LEON URBANO
LAS PARTES COMPARECIENTES:







LA SECRETARIA,

Abg. MIRNA CALZADILLA


En esta fecha se cumplió con lo ordenado, Conste.-
LA SECRETARIA,

Abg. MIRNA CALZADILLA





JLU
260609